La declaración Intrastat, ¿qué es?

En 1993 se constituyó el Mercado Único entre los países miembros de la UE y se suprimieron las declaraciones aduaneras.Desde entonces, para poder conocer el intercambio actual de mercancías entre los países miembros, se recurre a este sistema que forma parte de la Agencia Tributaria.Se trata de un informe estadístico sobre el volumen de importación y exportación que realizan empresas y autónomos durante un plazo de tiempo determinado, normalmente cada mes.Este sistema cuantifica la circulación de transacciones donde, salvo algunas excepciones, es posible analizar el flujo de mercancías intracomunitarias.

Presentación de Intrastat, ¿Quiénes están obligados a declararlo?

Es imprescindible cumplir el requisito de estar sujeto al IVA del estado miembro, independientemente de ser persona jurídica o física.Además, desde 2017 se estableció un umbral mínimo de 400.000€ durante el año natural anterior que, al superarse, hace obligatoria su declaración.El Ministerio de Industria, Energía y Turismo matiza además que existen una serie de condiciones:

  • Formalización del contrato. Tanto para la confirmación para expedir como para recibir las mercancías.
  • Expedición. Aquella forma jurídica o física que procediera a expedir las propias mercancías.
  • Posesión. Aquellas empresas o personas que estuvieran en posesión de las mercancías en cuestión.

Cumpliendo estos requisitos, su presentación es necesaria. Debe realizarse siempre considerando que las operaciones realizadas cada mes concluyen el día 12 del siguiente ciclo. Y si fuera festivo, al siguiente día hábil.La Agencia Tributaria indica que, aun no habiendo realizado operaciones durante un mes en concreto, su realización sigue siendo obligatoria.

Formas de presentar Intrastat

A la hora de reunir la información sobre las operaciones realizadas en materia de importación y exportación de bienes entre países de la Unión Europea, su presentación se puede hacer de forma telemática.El Intrastat es un proceso informativo, en él se recogen todas las operaciones intracomunitarias.Será con el modelo 349 en el que se declararán dichas operaciones.A diferencia del Intrastat, el modelo 349 no establece un umbral mínimo, por lo que resulta necesario y obligatorio para cualquier sociedad o autónomo que realice operaciones intracomunitarias, sin importar la cuantía.Y no lo olvides, si vas a realizar tus primeras operaciones en la Unión Europea, tendrás que darte de alta en ROI, Registro de Operadores Intracomunitarios, mediante el modelo 036.

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