Paralizaciones de vehículos y límites responsables
Según el artículo 22 de la Ley 15/2009 del 11 de noviembre, del contrato de transporte terrestre de mercancías, el porteador puede reclamar al cargador en concepto de paralización una indemnización cuando tiene que esperar más de 2 horas hasta que la carga o descarga de la mercancía finalice.El plazo para realizar la carga o descarga de la mercancía se estipula en 2 horas que empiezan a contar desde la puesta a disposición del vehículo por parte del porteador o desde la llegada del vehículo al destino. Cuando se fija una hora exacta para estas operaciones por parte del cargador, las dos horas empiezan a contar desde esa hora estipulada, aunque el transportista estaba antes presente.El Gobierno, a través de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 (Ley 3/2017, de 27 de Junio), modifica las cuantías para el índice IPREM (Indicador público de renta a efectos múltiples) lo que implica que a partir de esta fecha se incrementan los importes para las paralizaciones de vehículos, y se mantiene los anteriores importes para el límite de las indemnizaciones por pérdidas y averías de las mercancías transportadas, si no se pacta otra cantidad de responsabilidad entre cargador y porteador. Los importes actualizados son los siguientes:
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PARALIZACIONES DE VEHÍCULOS 1 AÑO 2017:
Por hora: (17,93 x 2) = 35,86 € (excluidas las 2 h. iniciales)Por día: 358,60 €A partir del segundo día: Se incrementa las paralizaciones iniciales en un 25%,resultando un importe de: 44,83 €/hora y 448,30 €/día, respectivamente.A partir del tercer día y sucesivos: Se incrementan las paralizaciones inicialesen un 50%, resultando: 53,79€/hora y 537,90€/día, respectivamente.
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LÍMITE CUANTÍA DE LA RESPONSABILIDAD POR PÉRDIDA Y AVERIA DE LA MERCANCÍA 2 AÑO 2017:
No podrá exceder de 5,91 €/Kg. bruto transportado.
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LÍMITE INDEMNIZACIÓN POR RETRASO 3:
Acreditado el perjuicio causado por el retraso: No excederá del precio del transporte. 1 Art. 22, Ley 15/2009, del Contrato de Transporte Terrestre de Mercancías (LCTTM)2 Art. 57, Ley 15/2009 (LCTTM)3 Art. 57.2 Ley 15/2009